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7 de septiembre de 2023

Se prorrogó la Emergencia Agropecuaria

Será desde el 1° de octubre de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024 mediante el Decreto 1887/23.

Es importante destacar que "los productores agropecuarios de los departamentos 9 de Julio, Vera y General Obligado que cuenten con certificados de desastre agropecuario emitidos en el marco del Decreto N° 0627/2023 permanecerán automáticamente en la misma condición sin necesidad de realizar ningún otro trámite administrativo", informó el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.

Por otra parte, los productores que ya cuenten con certificados de desastre agropecuario, en el marco del Decreto 0627/23, de los departamentos San Cristóbal, Garay, San Javier, San Justo, Belgrano, Caseros, Constitución, Iriondo, Rosario, San Lorenzo, Las Colonias, Castellanos, San Martín, San Jerónimo, La Capital y General López cambiarán su situación a emergencia agropecuaria y gozarán automáticamente de los beneficios establecidos sin necesidad de realizar ningún otro trámite administrativo. No obstante, estos productores podrán solicitar el cambio a desastre agropecuario cuando su situación productiva así lo amerite, para lo cual deberán iniciar el trámite respectivo a través del Sistema Santafesino de Gestión de Situaciones de Emergencia Agropecuaria (SISAGEA), completando un formulario de declaración jurada por medio del cual detallarán las pérdidas sufridas a los fines de ser evaluado y -en caso de corresponder- se procederá a modificar la condición de dicho certificado a desastre agropecuario. Dichos productores deberán presentar los formularios respectivos, a modo de Declaración Jurada, a través del portal web oficial.

La medida comprende a los productores agropecuarios cuenten con certificados de desastre agropecuario emitidos en el marco del Decreto N° 0627/2023. Los productores que posean certificados de desastre agropecuario quedarán eximidos del 100% del pago del Impuesto Inmobiliario hasta el 31 de marzo de 2023 del Impuesto Inmobiliario Rural.

Los productores que posean certificados de emergencia agropecuaria y cuya actividad se asienta en predios ubicados en zonas rurales, gozarán de la prórroga del vencimiento de la cuota 6 (sexta) del año 2023 la cual fue reprogramada y se fijó como fecha límite para su cancelación el 30/04/2024. Además dichos productores también se verán favorecidos con la prórroga de las cuotas del año 2024 cuyos vencimientos se produzcan hasta el 31 de marzo de 2024 del Impuesto Inmobiliario Rural.

La Administración Provincial de Impuestos emitirá certificados de crédito fiscal en carácter de devolución, cuando los productores poseedores de certificados de desastre agropecuario hubieran abonado las cuotas del Impuesto Inmobiliario Rural o Urbano

Para tener en cuenta

  • Subdirección General de Ordenamiento Territorial y Emergencia Agropecuaria. Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología. Tel: 0342 - 4505300 (int. 4198-4134-4159) o 0342 - 155390025. Dirección: Bv. Pellegrini 3100. Santa Fe.
  • Sede Rosario: 0341-4721537. Mitre 930 3er piso. Rosario.
  • Sede Reconquista: 03482-421340/420160. General Obligado 975. Reconquista.

Fuente:El Litoral

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