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30 de abril de 2026

La Justicia dejó firme restituir la pensión de privilegio a Cristina Kirchner

La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social dejó firme la medida cautelar que obliga a restituir la pensión por viudez a Cristina Kirchner.

La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó este miércoles un recurso extraordinario federal presentado por la ANSES y dejó firme la medida cautelar que obliga a restituir la pensión por viudez a Cristina Kirchner.

Tras conocerse el fallo, el Ministerio de Capital Humano confirmó que el Estado nacional recurrirá en queja ante la Corte Suprema de Justicia para intentar revertir la decisión.

La Justicia dejó firme restituir la pensión de privilegio a Cristina Kirchner

La polémica comenzó a fines de 2024, cuando la ANSES dio de baja, mediante la Resolución 1092, la jubilación presidencial y la pensión como viuda de Néstor Kirchner que percibía la ex mandataria. La administración nacional tomó esta determinación tras la confirmación de la condena en la causa Vialidad.

La polémica comenzó a fines de 2024, cuando la ANSES dio de baja, mediante la Resolución 1092, la jubilación presidencial y la pensión como viuda de Néstor Kirchner que percibía la ex mandataria. La administración nacional tomó esta determinación tras la confirmación de la condena en la causa Vialidad.

Sin embargo, los jueces Juan Fantini Albarenque y Sebastián Russo consideraron que el organismo previsional no podía eliminar el beneficio de pensión por “cuestiones de honor”. El tribunal estableció una distinción técnica entre ambas prestaciones: mientras avaló la suspensión de la jubilación correspondiente al cargo de presidenta debido a la condena judicial, ordenó que la pensión por viudez debe ser restituida al considerar inadmisible su baja por vía administrativa.

Tras conocerse el fallo, el Ministerio de Capital Humano confirmó que el Estado nacional recurrirá en queja ante la Corte Suprema de Justicia para intentar revertir la decisión.

Desde el Ministerio de Capital Humano cuestionaron la reciente decisión judicial al sostener que “afecta el principio de legalidad” y que no contempla la “prohibición expresa del derecho al cobro” derivada de la condena e inhabilitación de la exmandataria.

Fuente: Aire Digital

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